Las naciones soberanas firmantes de este tratado, a
través de sus respectivos representantes y en prueba de buena voluntad
mutua, formalmente acuerdan y anuncian:
Art.1.- Que ambas naciones se reconocen mutuamente como naciones de existencia independiente y soberana.
Art.2.-
Que ambas naciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y
respetan los territorios y soberanías de ambas naciones.
Art.3.-
Que ambas naciones, siguiendo el espíritu que las ha llevado a firmar
este tratado expresan mediante el mismo su voluntad de continuar los
contactos diplomáticos en aras de la mejora de sus relaciones
microinternacionales y de las posibilidades que ello pudiese tener para
sus respectivos ciudadanos.
Art.4..-
Que ambas naciones, en muestra de buena voluntad harán pública la
firma de este tratado para conocimiento de sus ciudadanos y los
círculos diplomáticos en sus respectivas Webs oficiales.
Por Rekojz:
Firmante: Agustín Quevedo.
Fecha: Día Miércoles 5 del mes de Marzo del Año 2014.
Aclaración: Yo,Agustín Quevedo,Jefe de la Comunidad Libre de
Rekojz,acepto este tratado en nombre de toda la Comunidad,sabiendo que
el reconocimiento mutuo traerá un mejor trato ante estás dos
Micro-Naciones que buscan destacar en la Comunidad Internacional y
InterMicroNacional.
Por Stella Maris:
Luis Galdeano
Fecha: Día Miércoles 5 del mes de Marzo del Año 2014.
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